Calcula tu cuota mensual según el nuevo sistema de cotización por ingresos reales netos en vigor desde 2023.
📅 Actualizado: 14.07.2026⏱ Lectura: 6 min
👔 Calculadora de Cuota Autónomo 2026
Sistema vigente desde 01/01/2023 según RDL 13/2022. Cuotas por tramos de rendimientos netos previsibles.
ⓘ Tipo de cotización RETA 2026: 31,4% (incluye contingencias comunes, profesionales, cese actividad y formación). La tarifa plana de 80€/mes aplica los primeros 12 meses para nuevos autónomos. Resultado orientativo: consulta a tu gestoría.
¿Cómo funciona el nuevo sistema de cotización de autónomos?
Sistema de cuotas por ingresos reales (desde 2023)
Desde enero de 2023, los autónomos cotizan según sus rendimientos netos previsibles: lo que ganas menos lo que gastas en tu actividad, sin IVA. Esto sustituye al antiguo sistema donde podías elegir libremente la base de cotización.
1
Elige tu tramo al inicio del año — Estímas tus ingresos netos y seleccionas el tramo correspondiente.
2
Pagas la cuota provisional mensual — Según la base que hayas escogido dentro de tu tramo.
3
Regularización anual — La TGSS cruza datos con la AEAT y ajusta lo pagado de más o de menos.
Tarifa plana autónomos 2026: 80€/mes
Los nuevos autónomos que se dan de alta por primera vez (o que no lo han sido en los últimos 2 años) pueden pagar sólo 80€/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de sus ingresos. Si los ingresos son inferiores al SMI, el segundo año siguen pagando 80€/mes.
ℹ️
Importante: Los autónomos societarios (autónomos que son socios de una SL) tienen reglas especiales de cotización. Consulta con tu gestoría.
Puedes cambiar de tramo hasta 6 veces al año (cada 2 meses). Si al hacer la declaración de IRPF resulta que pagaste de más, la TGSS te devuelve la diferencia. Si pagaste de menos, tendrás que abonar el extra.
No existe el autónomo a tiempo parcial en el RETA. La cuota se paga igual aunque trabajes pocas horas. Sin embargo, si tus rendimientos netos son bajos, puedes acogerte al tramo 1 (base mínima ~735€) y pagar menos cuota.
Sí. La cuota de la Seguridad Social es un gasto deducible en el modelo 100 de IRPF (rendimientos de actividades económicas). Reduce directamente tu base imponible.