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📊 MODELO 036 / 037

Modelo 036 y 037: alta censal para autónomos en 2026

Qué son, cuándo se usa cada uno, cómo presentarlos en Hacienda y qué pasa si no lo haces.

¿Qué son el modelo 036 y el 037?

Son los formularios para el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria (AEAT). Debes presentarlos antes de iniciar cualquier actividad económica.

Modelo 036Modelo 037
Para quiénTodos los obligadosAutónomos persona física (simplificado)
ComplejidadCompleto (más campos)Simplificado (más fácil)
IVA intracomunitarioSí (operaciones UE)No
RetencionesSolo algunas
Uso típicoSociedades, operaciones UEAutónomos sin operaciones UE
💡

La mayoría de autónomos que empiezan usan el modelo 037 por ser más sencillo. Solo si tienes operaciones con empresas de la UE necesitas el 036.

Cuándo presentarlo

  • Antes de iniciar la actividad — No hay plazo máximo pero debe ser previo al inicio real de la actividad económica
  • Al darte de alta como autónomo — Junto con el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la SS
  • Al cambiar de actividad o epígrafe — Para modificar el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
  • Al darte de baja — Cuando cesas la actividad debes presentar la baja censal

Cómo presentarlo

  • 1
    Online en sede.agenciatributaria.gob.es — Con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es el método más rápido.
  • 2
    En oficina de la AEAT — Con cita previa. Lleva DNI y borra el formulario en papel.
  • 3
    Epígrafe IAE — Debes seleccionar el código de actividad correcto (Impuesto Actividades Económicas). Consulta el buscador de la AEAT si no sabes cuál corresponde.
  • 4
    Régimen de IVA — La mayoría elige régimen general. El régimen simplificado o de módulos aplica a actividades concretas.
⚠️

El modelo 036/037 es solo la alta en Hacienda. Para ser autónomo también necesitas darte de alta en el RETA de la Seguridad Social (cuota de autónomos). Son dos trámites separados.

No. La presentación del modelo 036 o 037 es completamente gratuita. No hay tasa asociada. El único coste al hacerte autónomo es la cuota de la Seguridad Social (RETA), que en 2026 parte de ~230€/mes con tarifa plana para nuevos autónomos.
Técnicamente no. Hacienda exige el alta censal previa a cualquier actividad económica. Emitir facturas sin estar dado de alta puede suponer sanción. Presenta siempre el 036/037 antes de tu primera factura o prestación de servicios.