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🏥 BAJA MÉDICA 2026

Baja médica (IT) 2026: cuánto cobras y durante cuánto tiempo

Todo sobre la incapacidad temporal: porcentajes, quién paga cada día, duración máxima y qué hacer si te niegan la baja.

¿Cuánto cobras de baja en 2026?

Días de baja% Base ReguladoraQuién paga
Días 1-30% (sin pago)Nadie (salvo convenio o empresa)
Días 4-1560% BREmpresa
Días 16-2060% BRINSS (Seguridad Social)
Día 21 en adelante75% BRINSS (Seguridad Social)

BR = Base Reguladora = cotización del mes anterior / 30. Para enfermedad profesional o accidente laboral: 75% desde el día siguiente al accidente.

ℹ️

Muchos convenios colectivos mejoran estos porcentajes y cubren los primeros días. Consulta el convenio de tu sector para saber si cobras el 100% desde el primer día.

¿Cuánto dura la baja médica?

FaseDuraciónControl
Duración ordinariaHasta 365 díasMédico de cabecera / Mutua
PrórrogaHasta 180 días más (total 545)INSS autoriza la prórroga
ExcepcionalHasta 730 días totalesINSS — si hay expectativa de curación

Si a los 730 días no hay curación, el INSS evalúa la incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez).

Trámites de la baja médica

  • 1
    Acude al médico de cabecera — Te expide el parte de baja. Desde 2023 ya no es obligatorio entregarlo en papel a la empresa.
  • 2
    Comunicación a la empresa — El sistema informático de la SS comunica la baja a la empresa automáticamente. Tú solo debes comunicarlo verbalmente (o por email) y el NIF que te darán en urgencias.
  • 3
    Partes de confirmación — Para bajas de 8 a 30 días: parte de confirmación cada 7 días. Más de 30 días: cada 14 días.
  • 4
    Parte de alta — Al recuperarte, el médico emite el parte de alta. Debes reincorporarte al trabajo al día siguiente.

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La baja médica no es causa de despido y no te protege automáticamente contra el despido. Sin embargo, despedir a alguien durante una IT puede ser considerado despido nulo si la causa es la propia baja (discriminación por enfermedad). Consulta con un abogado si te despiden estando de baja.
Puedes impugnar el alta ante el INSS en un plazo de 4 días hábiles. Durante la tramitación de la impugnación, la prestación continúa. Si el médico de cabecera también considera que no estás curado, puede emitir un nuevo parte de baja.