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💼 PARO 2026

Solicitar la prestación por desempleo en 2026: guía completa

Tienes 15 días hábiles desde el cese para solicitarlo. Requisitos, cuantía, duración y cómo pedirlo online ante el SEPE.

Plazo crítico: Tienes 15 días hábiles desde el cese para solicitar el paro. Si tardas más, pierdes días de prestación por cada día de retraso. Solicítalo cuanto antes.

Requisitos para cobrar el paro

  • ✅ Encontrarte en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE, ERTE...)
  • ✅ Tener cotizados al menos 360 días en los últimos 6 años
  • ✅ Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE
  • ✅ No haber rechazado sin causa justificada una oferta de empleo adecuada
  • ❌ La baja voluntaria NO genera derecho (salvo excepciones legales)

Cuantía y duración del paro 2026

Días cotizadosDuración paroCuantía
360-539 días120 días (4 meses)70% BR (primeros 180 días)
60% BR (resto)
540-719 días180 días (6 meses)
720-899 días240 días (8 meses)
900-1.079 días300 días (10 meses)
1.080-1.259 días360 días (12 meses)
+2.160 días (6 años)720 días (24 meses)

BR = Base Reguladora (promedio de bases de cotización de los últimos 180 días / 6).

ℹ️

La cuantía mínima del paro en 2026 es de 560€/mes (sin hijos) y la máxima varía según el número de hijos: 1.225€, 1.400€ o 1.575€/mes.

Cómo solicitarlo paso a paso

  • 1
    Online (recomendado): Accede a sede.sepe.gob.es → "Prestaciones" → "Solicitar prestación contributiva". Necesitas Cl@ve o certificado digital.
  • 2
    Por teléfono: Llama al 900 81 24 00 (gratuito) para pedir cita previa en tu oficina SEPE.
  • 3
    Documentación necesaria: DNI, IBAN bancario, certificado de empresa (lo emite tu empresa al despedirte) y vida laboral.
  • 4
    Resolución: El SEPE resuelve en 15 días hábiles. El primer pago se recibe a mes vencido.

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Si trabajas a tiempo completo, debes suspender el paro. Si trabajas a tiempo parcial, puedes compatibilizarlo parcialmente. Si emprendes, existe la "capitalización del paro" (pago único). Debes comunicar cualquier actividad al SEPE.
Sí. La prestación por desempleo tributa como renta del trabajo en la declaración de la renta. El SEPE aplica retención si el importe supera ciertos umbrales. Guarda los certificados anuales del SEPE para la declaración.