Cómo funciona el sistema de cotización por ingresos reales
En 2026, la cotización se determina según los rendimientos netos y las tablas reducida y general publicadas para ese ejercicio. La tabla vigente tiene 3 tramos reducidos y 12 tramos generales. Puedes solicitar cambios de base hasta seis veces al año; sus efectos dependen de la fecha de solicitud. La Tesorería General de la Seguridad Social regulariza después la cotización con los rendimientos comunicados por la Administración tributaria. Consulta el detalle y tu caso en la Seguridad Social.
Tramos y bases de cotización RETA para 2026
Estas son las bases mínimas y máximas mensuales oficiales por tramo. La cuota no es una cantidad única por tramo: se calcula aplicando los tipos que correspondan a la base elegida y puede variar según las coberturas.
Tabla
Rendimientos netos al mes
Base mínima
Base máxima
Reducida 1
Hasta 670 €
653,59 €
718,94 €
Reducida 2
Más de 670 y hasta 900 €
718,95 €
900,00 €
Reducida 3
Más de 900 y menos de 1.166,70 €
849,67 €
1.166,70 €
General 1
1.166,70–1.300 €
950,98 €
1.300,00 €
General 2
Más de 1.300–1.500 €
960,78 €
1.500,00 €
General 3
Más de 1.500–1.700 €
960,78 €
1.700,00 €
General 4
Más de 1.700–1.850 €
1.143,79 €
1.850,00 €
General 5
Más de 1.850–2.030 €
1.209,15 €
2.030,00 €
General 6
Más de 2.030–2.330 €
1.274,51 €
2.330,00 €
General 7
Más de 2.330–2.760 €
1.356,21 €
2.760,00 €
General 8
Más de 2.760–3.190 €
1.437,91 €
3.190,00 €
General 9
Más de 3.190–3.620 €
1.519,61 €
3.620,00 €
General 10
Más de 3.620–4.050 €
1.601,31 €
4.050,00 €
General 11
Más de 4.050–6.000 €
1.732,03 €
5.101,20 €
General 12
Más de 6.000 €
1.928,10 €
5.101,20 €
En 2026, los tipos generales indicados por la Orden PJC/297/2026 suman el 31,5 % (contingencias comunes, profesionales, MEI, cese de actividad y formación profesional). Es una referencia: pueden aplicarse reglas especiales o coberturas distintas. Por ejemplo, sobre una base de 950,98 €, el cálculo orientativo al 31,5 % sería 299,56 € al mes; la cuota efectiva debe verificarse con Importass. Consulta la Orden PJC/297/2026 en el BOE y la tabla vigente de la Seguridad Social.
Regularización anual: ¿qué pasa si gané más o menos?
Tras finalizar el ejercicio, la Tesorería contrasta la base provisional con los rendimientos netos definitivos y comunica, cuando proceda, diferencias a ingresar o a devolver. El calendario concreto puede variar; atiende a la notificación y al plazo que indique Importass. No conviene asumir meses fijos ni un plazo de pago genérico.
Exenciones y bonificaciones en 2026
Las reducciones y bonificaciones dependen del supuesto, los requisitos personales y la normativa aplicable; no todas las personas autónomas tienen derecho a las mismas ni se aplican de forma automática. Antes de estimar el coste, comprueba en Importass si puedes acogerte a una cuota reducida o a otra bonificación vigente y durante cuánto tiempo.
Sí, hasta 6 veces al año con efectos desde el primer día del bimestre natural siguiente a la solicitud. Los plazos son: enero (efecto marzo), marzo (efecto mayo), mayo (efecto julio), julio (efecto septiembre), septiembre (efecto noviembre), noviembre (efecto enero del año siguiente).
Son los ingresos de tu actividad menos los gastos fiscalmente deducibles, sin incluir el IVA repercutido ni deducido. Si tributas en estimación directa, son tus ingresos menos gastos del Modelo 100. Si tributas en módulos, hay fórmulas específicas. No incluyas el importe de la propia cuota de la Seguridad Social.
Los autónomos tienen la prestación por cese de actividad (el equivalente al paro), no el desempleo del RETA ordinario. Para acceder, hay que estar al corriente de pago, haber cotizado mínimo 12 meses continuados, y acreditar causas económicas, técnicas, productivas u organizativas que obliguen al cierre.
Sí, hasta 6 veces al año con efectos desde el primer día del bimestre natural siguiente a la solicitud. Los plazos son: enero (efecto marzo), marzo (efecto mayo), mayo (efecto julio), julio (efecto septiembre), septiembre (efecto noviembre), noviembre (efecto enero del año siguiente).
Son los ingresos de tu actividad menos los gastos fiscalmente deducibles, sin incluir el IVA repercutido ni deducido. Si tributas en estimación directa, son tus ingresos menos gastos del Modelo 100. Si tributas en módulos, hay fórmulas específicas. No incluyas el importe de la propia cuota de la Seguridad Social.
Los autónomos tienen la prestación por cese de actividad (el equivalente al paro), no el desempleo del RETA ordinario. Para acceder, hay que estar al corriente de pago, haber cotizado mínimo 12 meses continuados, y acreditar causas económicas, técnicas, productivas u organizativas que obliguen al cierre.