¿Qué es un Procurador de los Tribunales?
El Procurador de los Tribunales es un profesional jurídico que actúa como representante técnico de las partes ante los juzgados y tribunales. No es el que defiende tu caso con argumentos jurídicos (eso lo hace el abogado), sino el que gestiona los trámites formales ante el juzgado: recibe notificaciones, presenta escritos, vigila los plazos procesales y traslada los documentos al abogado.
Su figura está regulada por la Ley de Enjuiciamiento Civil y el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales.
Diferencias clave entre Abogado y Procurador
| Abogado | Procurador | |
|---|---|---|
| Función principal | Defensa jurídica: argumenta, negocia y redacta estrategia legal | Representación procesal: gestiona la comunicación con el juzgado |
| Ante el juzgado | Habla en juicios orales y vistas | Firma y presenta escritos; no interviene oralmente (salvo excepciones) |
| Notificaciones | No las recibe directamente del juzgado | Recibe todas las notificaciones y las traslada al abogado y al cliente |
| Designación | Cliente elige abogado libremente | Cliente otorga poder (o apud acta); a veces designado de oficio |
| Colegiación | Colegio de Abogados | Colegio de Procuradores |
¿Cuándo es obligatorio el Procurador?
La intervención del procurador es obligatoria en los siguientes procedimientos:
- Juicio ordinario (demandas superiores a 2.000 €, incluyendo reclamaciones de tarjetas revolving, finiquitos, indemnizaciones, desahucios...)
- Juicio verbal cuando la cuantía supera los 2.000 € o se ventilan ciertas materias específicas
- Procedimientos ante la Audiencia Provincial o tribunales superiores (apelaciones, casación...)
- Procedimientos penales ante Audiencias Provinciales y superiores
En el juicio verbal de cuantía inferior a 2.000 € y en algunos procedimientos de familia, el procurador no es preceptivo.
El Apoderamiento Apud Acta: la forma gratuita de designar al Procurador
Para que el procurador pueda representarte, necesitas otorgarle un poder de representación. Hay dos formas:
- Escritura notarial: Más costosa (honorarios del notario), pero permite actuar al procurador en cualquier juzgado de España.
- Apoderamiento Apud Acta (gratuito): Acudes personalmente al juzgado donde se tramita el asunto y firmas un documento ante el Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial). El trámite es completamente gratuito y se hace en minutos. Solo vale para ese juzgado específico.
En la mayoría de los casos ordinarios, el apoderamiento apud acta es suficiente. Tu abogado te indicará qué opción es más conveniente.
¿Cuánto cuesta el Procurador?
Los honorarios del procurador están fijados en el Arancel de Derechos de los Procuradores (Real Decreto 1373/2003, actualizado). Son honorarios tasados (no libres como los del abogado) y dependen de la cuantía y tipo del procedimiento.
Como orientación general, en un juicio ordinario de cuantía media (por ejemplo, reclamación de 10.000 € por tarjeta revolving), los derechos del procurador pueden estar entre 300 € y 800 € aproximadamente. Si ganas el juicio, estos honorarios se pueden repercutir al demandado en condena de costas.
El Procurador en reclamaciones de Revolving y Finiquito
En las demandas más habituales que tramitamos en MisDerechosWeb, el procurador es necesario cuando se supera la cuantía de 2.000 €:
- Reclamaciones de tarjetas revolving: Si reclamas cantidades superiores a 2.000 € (intereses usurarios devueltos), necesitarás procurador para el juicio ordinario. En MisDerechosWeb coordinamos con el despacho colaborador toda la gestión con el procurador asignado.
- Despidos y finiquito: En materia laboral, el proceso se tramita ante el Juzgado de lo Social, donde el procurador NO es obligatorio (se puede actuar directamente con abogado).
- Desahucios: Sí es preceptivo el procurador en los procedimientos de desahucio.
Preguntas frecuentes
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