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¿Qué es un Procurador y para qué Sirve en un Juicio?

📅 Actualizado: 15.07.2026 ⏱ Tiempo de lectura: 5 min 📖 Preguntas frecuentes
📅 Actualizado: 15.07.2026⏱ Tiempo de lectura: 7 min📖 Preguntas frecuentes

¿Qué es un Procurador de los Tribunales?

El Procurador de los Tribunales es un profesional jurídico que actúa como representante técnico de las partes ante los juzgados y tribunales. No es el que defiende tu caso con argumentos jurídicos (eso lo hace el abogado), sino el que gestiona los trámites formales ante el juzgado: recibe notificaciones, presenta escritos, vigila los plazos procesales y traslada los documentos al abogado.

Su figura está regulada por la Ley de Enjuiciamiento Civil y el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales.

Diferencias clave entre Abogado y Procurador

AbogadoProcurador
Función principalDefensa jurídica: argumenta, negocia y redacta estrategia legalRepresentación procesal: gestiona la comunicación con el juzgado
Ante el juzgadoHabla en juicios orales y vistasFirma y presenta escritos; no interviene oralmente (salvo excepciones)
NotificacionesNo las recibe directamente del juzgadoRecibe todas las notificaciones y las traslada al abogado y al cliente
DesignaciónCliente elige abogado librementeCliente otorga poder (o apud acta); a veces designado de oficio
ColegiaciónColegio de AbogadosColegio de Procuradores

¿Cuándo es obligatorio el Procurador?

La intervención del procurador es obligatoria en los siguientes procedimientos:

  • Juicio ordinario (demandas superiores a 2.000 €, incluyendo reclamaciones de tarjetas revolving, finiquitos, indemnizaciones, desahucios...)
  • Juicio verbal cuando la cuantía supera los 2.000 € o se ventilan ciertas materias específicas
  • Procedimientos ante la Audiencia Provincial o tribunales superiores (apelaciones, casación...)
  • Procedimientos penales ante Audiencias Provinciales y superiores

En el juicio verbal de cuantía inferior a 2.000 € y en algunos procedimientos de familia, el procurador no es preceptivo.

El Apoderamiento Apud Acta: la forma gratuita de designar al Procurador

Para que el procurador pueda representarte, necesitas otorgarle un poder de representación. Hay dos formas:

  • Escritura notarial: Más costosa (honorarios del notario), pero permite actuar al procurador en cualquier juzgado de España.
  • Apoderamiento Apud Acta (gratuito): Acudes personalmente al juzgado donde se tramita el asunto y firmas un documento ante el Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial). El trámite es completamente gratuito y se hace en minutos. Solo vale para ese juzgado específico.

En la mayoría de los casos ordinarios, el apoderamiento apud acta es suficiente. Tu abogado te indicará qué opción es más conveniente.

¿Cuánto cuesta el Procurador?

Los honorarios del procurador están fijados en el Arancel de Derechos de los Procuradores (Real Decreto 1373/2003, actualizado). Son honorarios tasados (no libres como los del abogado) y dependen de la cuantía y tipo del procedimiento.

Como orientación general, en un juicio ordinario de cuantía media (por ejemplo, reclamación de 10.000 € por tarjeta revolving), los derechos del procurador pueden estar entre 300 € y 800 € aproximadamente. Si ganas el juicio, estos honorarios se pueden repercutir al demandado en condena de costas.

El Procurador en reclamaciones de Revolving y Finiquito

En las demandas más habituales que tramitamos en MisDerechosWeb, el procurador es necesario cuando se supera la cuantía de 2.000 €:

  • Reclamaciones de tarjetas revolving: Si reclamas cantidades superiores a 2.000 € (intereses usurarios devueltos), necesitarás procurador para el juicio ordinario. En MisDerechosWeb coordinamos con el despacho colaborador toda la gestión con el procurador asignado.
  • Despidos y finiquito: En materia laboral, el proceso se tramita ante el Juzgado de lo Social, donde el procurador NO es obligatorio (se puede actuar directamente con abogado).
  • Desahucios: Sí es preceptivo el procurador en los procedimientos de desahucio.
Ver reclamaciones → · Reclamar revolving →

Preguntas frecuentes

Depende del tipo de proceso. En el juicio verbal de cuantía inferior a 2.000 € no es necesario procurador ni siquiera abogado. En el juicio ordinario (más de 2.000 €) y en procesos ante Audiencias, ambos son obligatorios. Sin procurador en un proceso donde es preceptivo, el juzgado te requerirá para que lo nombres y, si no lo haces, el procedimiento puede quedar en suspenso.
Sí. Los derechos del procurador se devengan por las actuaciones realizadas, independientemente del resultado del juicio. Sin embargo, si ganas y hay condena en costas, el demandado debe pagar también los honorarios del procurador.
Si tienes reconocido el Derecho de Asistencia Jurídica Gratuita (justicia gratuita), también tienes derecho a que se te asigne un procurador de oficio a cargo del Estado. El procedimiento es el mismo: solicitarla ante el Colegio de Procuradores de tu ciudad.

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Depende del tipo de proceso. En el juicio verbal de cuantía inferior a 2.000 € no es necesario procurador ni siquiera abogado. En el juicio ordinario (más de 2.000 €) y en procesos ante Audiencias, ambos son obligatorios. Sin procurador en un proceso donde es preceptivo, el juzgado te requerirá para que lo nombres y, si no lo haces, el procedimiento puede quedar en suspenso.
Sí. Los derechos del procurador se devengan por las actuaciones realizadas, independientemente del resultado del juicio. Sin embargo, si ganas y hay condena en costas, el demandado debe pagar también los honorarios del procurador.
Si tienes reconocido el Derecho de Asistencia Jurídica Gratuita (justicia gratuita), también tienes derecho a que se te asigne un procurador de oficio a cargo del Estado. El procedimiento es el mismo: solicitarla ante el Colegio de Procuradores de tu ciudad.