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¿Quién puede emigrar a España?
España es miembro de la Unión Europea, por lo que el acceso depende fundamentalmente de la nacionalidad:
- Ciudadanos de la UE/EEE/Suiza: Pueden residir y trabajar en España libremente, sin necesitar permiso. Solo deben inscribirse en el Registro Central de Extranjeros si van a residir más de 3 meses.
- Ciudadanos de terceros países (extracomunitarios): Necesitan visado o autorización de residencia, dependiendo de si vienen a trabajar, estudiar, como nómadas digitales, o por reagrupación familiar.
Principales vías para emigrar a España (extracomunitarios)
| Vía | Perfil | Requisito clave |
|---|---|---|
| Visado de Trabajo (cuenta ajena) | Trabajador contratado por empresa española | Oferta de trabajo firmada y autorización de trabajo |
| Visado para Nómadas Digitales (Ley Startups 2023) | Teletrabajadores o freelancers que trabajan para empresas fuera de España | Ingresos mínimos 200% SMI, empresa cliente no española |
| Visado Emprendedor | Emprendedores que montan empresa en España | Plan de negocio viable aprobado por ENISA o equivalente |
| Visado de Búsqueda de Empleo (para titulados) | Universitarios de Iberoamérica graduados en últimos 2 años | Titulación universitaria acreditada |
| Reagrupación Familiar | Familiares de residentes legales en España | El familiar en España lleva 1+ año de residencia legal |
| Visado de Estudiante | Estudiantes en centro educativo español | Admisión en centro oficial español |
| Autorización para Inversores (Golden Visa) | Inversores en inmuebles (+500.000€) o empresa | Inversión significativa documentada |
El Visado de Nómada Digital (Ley de Startups 2023)
La Ley 28/2022 de Startups creó el visado para nómadas digitales, una de las incorporaciones más importantes al sistema de extranjería español. Permite a profesionales que trabajan a distancia instalarse en España y pagar impuestos aquí (con el régimen especial de impatriados o el general).
Requisitos principales:
- Ingresos mensuales mínimos equivalentes al 200% del SMI (aprox. 2.442 €/mes en 2026)
- Trabajo para empresas o clientes que no estén radicados en España (máximo el 20% del trabajo puede ser para clientes españoles)
- Contrato laboral con empresa extranjera o actividad freelance acreditada con facturas/contratos
- Seguro médico privado o público
Pasos generales para emigrar a España desde fuera de la UE
- 1Determina el tipo de visado que necesitas según tu situación (trabajo, estudio, nómada digital, familiar...)
- 2Solicita el visado en el Consulado de España de tu país de origen o de residencia habitual
- 3Reúne la documentación requerida: pasaporte en vigor, fotografías, formulario de solicitud, seguro médico, justificante económico, y los documentos específicos de cada tipo de visado
- 4Paga la tasa consular (variable según tipo de visado y país)
- 5Espera la resolución (entre 2 semanas y 3 meses dependiendo del tipo)
- 6Una vez en España con el visado, si vas a residir más de 90 días, debes solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la Oficina de Extranjería dentro de los 30 días siguientes a tu llegada
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Preguntas frecuentes
Depende de tu nacionalidad. Los ciudadanos de muchos países (incluyendo todos los de la UE y varios iberoamericanos) no necesitan visado para estancias turísticas de hasta 90 días dentro del Espacio Schengen. Consulta la lista actualizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Depende del tipo de visado. Como guía general: visado de trabajo (empresa patrocina, no hay mínimo propio), nómada digital (200% SMI = ~2.442 €/mes), inversor (500.000 € en inmuebles). Además, necesitas tener alojamiento asegurado y en algunos casos justificar medios económicos para el primer período.
El visado de trabajo (con oferta de empleo) suele resolverse en 1-3 meses desde la solicitud en el consulado, aunque en algunos países con alta demanda puede tardar más. El proceso previo de obtener la autorización de trabajo por parte de la empresa en España puede llevar otros 1-3 meses adicionales.
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Depende de tu nacionalidad. Los ciudadanos de muchos países (incluyendo todos los de la UE y varios iberoamericanos) no necesitan visado para estancias turísticas de hasta 90 días dentro del Espacio Schengen. Consulta la lista actualizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Depende del tipo de visado. Como guía general: visado de trabajo (empresa patrocina, no hay mínimo propio), nómada digital (200% SMI = ~2.442 €/mes), inversor (500.000 € en inmuebles). Además, necesitas tener alojamiento asegurado y en algunos casos justificar medios económicos para el primer período.
El visado de trabajo (con oferta de empleo) suele resolverse en 1-3 meses desde la solicitud en el consulado, aunque en algunos países con alta demanda puede tardar más. El proceso previo de obtener la autorización de trabajo por parte de la empresa en España puede llevar otros 1-3 meses adicionales.