¿Qué es el trabajador fijo discontinuo?
Los trabajadores fijos discontinuos tienen un contrato indefinido con la empresa pero trabajan de forma intermitente, durante periodos o campañas (turismo, agricultura, hostelería, comercio estacional…). En los periodos en que no trabajan, tienen derecho a las prestaciones por desempleo.
Derecho al paro en periodos de inactividad
Cuando el fijo discontinuo es llamado al trabajo al inicio de la campaña o actividad, no tiene derecho a paro (pues sigue en la empresa). Pero cuando finaliza el periodo de actividad y queda en situación de inactividad:
- Puede solicitar la prestación contributiva por desempleo si tiene cotizados al menos 360 días en los últimos 6 años
- Los períodos cotizados en temporadas anteriores sí cuentan, acumulando derechos
- Si es llamado de nuevo y no acude sin causa justificada, pierde el derecho a la prestación
Peculiaridades de la solicitud
El plazo para solicitar el paro es de 15 días hábiles desde el fin del periodo de actividad, igual que para cualquier otro trabajador.
Si el trabajador es llamado a reincorporarse mientras cobra la prestación, ésta queda suspendida hasta el nuevo periodo de inactividad. Los días no consumidos se conservan para el siguiente periodo.
En el caso de que la empresa suspenda la actividad de forma inesperada (como un ERTE), las normas de ERTE se aplican igualmente a los fijos discontinuos en periodo activo.
¿Cómo cuentan las cotizaciones para fijos discontinuos?
Las cotizaciones de los periodos trabajados se acumulan con normalidad. La peculiaridad está en que los periodos de inactividad entre campañas NO cotizan (a diferencia de un ERTE, donde el SEPE cotiza).
Esto puede afectar al cómputo de años cotizados para la jubilación. La reforma laboral de 2021 y la Ley 32/2021 mejoraron la protección de los fijos discontinuos en varios aspectos.
Preguntas frecuentes
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