RAI y ASNEF no son el mismo fichero
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Si eres una persona particular, probablemente no estás en el RAI. El Registro de Aceptaciones Impagadas publica impagos exclusivamente de personas jurídicas. Para consumidores, los ficheros habituales son ASNEF o BADEXCUG.
| Fichero | A quién afecta | Qué recoge |
|---|---|---|
| ASNEF | Personas y empresas | Deudas comunicadas por entidades participantes, sujetas a los requisitos legales |
| RAI | Solo personas jurídicas | Impagos de 300 € o más documentados en letras, pagarés, cheques u otros documentos aceptados |
| BADEXCUG | Personas y empresas | Información de incumplimientos comunicada por acreedores |
Cuándo deben eliminarte
- 1La deuda se ha pagado o no existe: pide al acreedor que comunique la baja y aporta el justificante al fichero si la actualización no aparece.
- 2No se cumplen los requisitos de inclusión: en sistemas de información crediticia de personas debe existir una deuda cierta, vencida, exigible e impagada, superior a 50 €, con requerimiento previo de pago e información sobre la posible inclusión.
- 3Ha vencido el plazo: la información personal no puede mantenerse más de cinco años desde el vencimiento. El RAI informa de una permanencia de sesenta meses.
- 4Los datos son inexactos: puedes solicitar rectificación o supresión, identificando el apunte concreto y aportando pruebas.
Cómo solicitar la baja paso a paso
- 1Identifica el fichero: no envíes una reclamación al RAI si el apunte está realmente en ASNEF o BADEXCUG.
- 2Pide acceso a tus datos: solicita el acreedor, importe, fecha de vencimiento y entidad que comunicó el apunte.
- 3Reclama por escrito: dirígete al acreedor y al responsable del fichero, explica el motivo y adjunta pago, sentencia, reclamación o documento que pruebe el error.
- 4Escala cuando corresponda: si se trata de datos personales y no atienden correctamente tu derecho, puedes reclamar gratis ante la AEPD.
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Fuentes: requisitos de inclusión explicados por la Agencia Española de Protección de Datos e información del Registro de Aceptaciones Impagadas.
Si la deuda es real y no ha prescrito, debes pagarla para salir del fichero. Sin embargo, puedes negociar con el acreedor una quita o un pago aplazado. Alternativamente, si la deuda es insostenible, valora la Ley de Segunda Oportunidad.
Sí. En cuanto te eliminan del fichero, las entidades que consulten ya no te verán como moroso. Sin embargo, cada entidad tiene sus propios criterios de riesgo. Algunos bancos hacen scoring interno que puede tardar en actualizarse.