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🌍 EXTRANJERÍA 2026

Documentos de residencia en España: NIE, TIE, arraigo y permisos

Desde el NIE inicial hasta la residencia de larga duración, esta guía cubre todos los documentos que necesitas como extranjero en España en 2026, con los requisitos y pasos exactos para cada trámite.

NIE: Número de Identidad de Extranjero

¿Qué es y para qué sirve el NIE?

El NIE es el número de identificación fiscal asignado a todos los extranjeros que realizan trámites en España. Es imprescindible para: firmar contratos, abrir cuentas bancarias, comprar un inmueble, darse de alta en la Seguridad Social, pagar impuestos o recibir una herencia.

ℹ️

El NIE no acredita residencia legal. Es solo un número. Puedes tener NIE y estar en situación irregular. Para residir legalmente más de 90 días necesitas un permiso de residencia (TIE).

Documentos para solicitar el NIE

  • Formulario EX-15 (solicitud de asignación de NIE) cumplimentado.
  • Pasaporte en vigor (original y fotocopia de todas las páginas).
  • Justificación de la causa que motiva la solicitud (contrato de trabajo, escritura de compraventa, documento de herencia, matrícula universitaria, etc.).
  • Tasa 790 código 012 abonada (10,60€ aprox.).

Dónde solicitarlo: Comisaría de Policía con Brigada de Extranjería (con cita previa) o consulado español en el país de origen.

TIE: Tarjeta de Identidad de Extranjero

Cuándo necesitas el TIE

Los ciudadanos de países extracomunitarios que residan legalmente en España más de 3 meses deben obtener el TIE. Los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza pueden optar por el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE en lugar del TIE.

Tipo de TIEVigenciaRequisito
TIE inicial (1ª autorización)1 añoResolución favorable de permiso de residencia
TIE renovación2 años2ª y 3ª renovación del mismo tipo de permiso
TIE larga duración5 años (renovable)5 años de residencia legal continuada
TIE familiar UE5 añosSer familiar de ciudadano UE con residencia en España

Plazo de solicitud del TIE: debe solicitarse en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución favorable del permiso de residencia.

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Arraigo social y laboral

Permiso de residencia por arraigo: tipos y requisitos

🏘️
Arraigo social
3 años de permanencia en España + informe de integración social del ayuntamiento o vínculos familiares con residentes/españoles. Desde 2022 no requiere contrato de trabajo previo.
💼
Arraigo laboral
2 años en España + relación laboral de al menos 6 meses acreditada por sentencia judicial o acta de la Inspección de Trabajo.
👨‍👩‍👧
Arraigo familiar
Ser padre o madre de un menor de nacionalidad española o tener un progenitor de nacionalidad española.
🎓
Arraigo para la formación
Novedad 2022: 2 años en España + compromiso de realizar formación homologada de más de 40 horas.

Documentos comunes para el arraigo: formulario EX-10, pasaporte, empadronamiento, antecedentes penales del país de origen (apostillados), informe municipal de integración, y documentación que acredite el arraigo específico de cada tipo.

Residencia de larga duración

Permiso de larga duración: 5 años residiendo en España

Tras 5 años de residencia legal y continuada en España, puedes solicitar la residencia de larga duración, que te otorga derechos casi idénticos a los de un ciudadano español y no tiene limitación de actividad laboral.

  • Haber residido legalmente 5 años de forma continuada (ausencias inferiores a 10 meses en total y no más de 6 meses seguidos).
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido.
  • Disponer de medios económicos suficientes (ingresos superiores al 100% del IPREM mensual).
  • Contar con seguro médico (público o privado).
🌍

Larga duración UE: Si además llevas 5 años en la UE de forma continuada, puedes solicitar la residencia de larga duración con mención UE, que te permite residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea con mayor facilidad.

No. Durante el período de tramitación del arraigo no estás autorizado a trabajar. Sin embargo, si ya tenías autorización de trabajo anterior, puede seguir vigente durante la tramitación de la renovación. Una vez concedido el arraigo, tienes autorización de residencia y trabajo por un año.
No. Solo cuentan los años con autorización de residencia legal (TIE en vigor). Los años con NIE pero sin permiso de residencia, o en situación irregular, no computan para la larga duración.
La caducidad del TIE no supone automáticamente la pérdida del permiso de residencia si has solicitado la renovación en plazo. Debes solicitar la renovación dentro de los 60 días anteriores a la caducidad o los 90 días posteriores (con recargo). Si no renuevas, puedes entrar en situación irregular.
No directamente. Con la primera autorización de arraigo (1 año) no puedes reagrupar familiares. Debes renovar y obtener la segunda autorización (2 años). A partir del segundo año de residencia legal continuada, puedes iniciar el trámite de reagrupación familiar.