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📬 CARTA DE DESPIDO

Te han dado la carta de despido: qué hacer ahora

Tienes exactamente 20 días hábiles para actuar. Sigue estos pasos y no pierdas tus derechos.

URGENTE: El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la entrega de la carta. Si dejas pasar ese plazo, el despido queda firme y pierdes el derecho a reclamar aunque sea improcedente.

Pasos inmediatos al recibir la carta

  • 1
    Firma el recibí con fecha — Firma solo que la recibes, no que la aceptas. No firmes documentos que digan "conforme" o "en acuerdo".
  • 2
    Guarda la carta original — Fotografíala y guárdala en lugar seguro. Si la empresa no te da carta escrita, el despido puede ser nulo por forma.
  • 3
    Anota la fecha exacta — Cuenta los 20 días hábiles desde ese día (no cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales).
  • 4
    Consulta con un abogado laboralista HOY — No esperes. Una primera consulta gratuita puede orientarte sobre si el despido es procedente, improcedente o nulo.
  • 5
    Solicita el paro — Tienes 15 días hábiles desde el cese para solicitarlo. Si tardas más, pierdes días de prestación.

¿Qué debe contener la carta de despido?

Requisitos formales de la carta

Una carta de despido válida debe contener obligatoriamente:

  • ✅ Fecha del despido (efectos)
  • ✅ Causa concreta y detallada del despido
  • ✅ Firma del representante legal de la empresa

Si la carta no especifica la causa o es genérica ("incumplimiento de obligaciones" sin detallar), el despido puede ser declarado improcedente o nulo por defecto de forma.

💡

Si te despiden verbalmente sin carta, el despido es automáticamente nulo. Exige siempre la carta por escrito. Si la empresa se niega, envía un burofax solicitándola.

Tipos de despido según la causa alegada

TipoCausa típicaIndemnización
DisciplinarioFaltas graves: robo, absentismo, desobediencia0 (si procede) / 33 días (si improcedente)
ObjetivoCausas económicas, técnicas, organizativas20 días/año
Colectivo (ERE)Causas económicas que afectan a grupo20 días/año

El 85% de los despidos disciplinarios terminan siendo declarados improcedentes en juicio porque las empresas no acreditan suficientemente las causas. Vale la pena impugnarlos.

Es el trámite previo obligatorio antes de ir a juicio laboral. Se presenta ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) y suspende el plazo de los 20 días mientras se tramita. La presentación es gratuita y puedes hacerla sin abogado, aunque no es recomendable.
Sí, siempre que no hayas firmado documentos de renuncia a acciones legales. Cobrar el finiquito no implica aceptar el despido como procedente. Firma siempre el finiquito añadiendo "no conforme" si hay discrepancias.